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Lo jurídico y la tiranía



Por José Antonio Baonza Díaz

Instituto Juan de Mariana

EL INSTITUTO INDEPENDIENTE

Unas recientes conferencias impartidas en el Instituto Juan de Mariana por John Chisholm sobre el Derecho Consuetudinario (Common Law) como elemento esencial para una legislación fundamentada y Tomás A. Arias Castillo sobre la teoría jurídica liberal frente al estado administrativo en EE.UU nos han recordado grandes temas de filosofía del Derecho como su propia definición, su naturaleza y su virtualidad.

Desde perspectivas diferentes, ambos ponentes se concentraron, no obstante, en la evolución del Derecho anglosajón, cuya tradición jurídica estaba más basada en el desarrollo del Derecho privado mediante una jurisprudencia derivada de la resolución de litigios de diversa índole por los jueces. En contraposición a ese modelo se alzaba la concepción europea continental, más orientada al entendimiento del Derecho como conjunto de leyes dadas1, dispuesto a ser aplicado por los jueces en caso de que la controversia concreta llegara a su jurisdicción.

Concentrándose en Estados Unidos, Chisholm partió de la suposición de que el Derecho consuetudinario está despareciendo. Progresivamente se sustituye por una legislación que no deriva de los descubrimientos que realizan los jueces en casos precedentes, sino de las reglamentaciones aprobadas por distintos legisladores como el propio Congreso, el presidente (mediante sus “executive orders”) y agencias administrativas creadas por el gobierno norteamericano.

Siguiendo a Daron Acemoğlu y James A. Robinson2, entiende que el “Common Law” ha permitido históricamente a los países anglosajones y a otros colonizados o influidos por ellos, desarrollar sistemas políticos y económicos inclusivos que, a su vez, han resultado más exitosos política – desde un punto de vista liberal- y económicamente. Aunque reconoce que no es el único factor para alentar una mayor prosperidad, Chisholm parte de la superioridad absoluta de ese modelo, el cual consiste en encontrar soluciones ante determinados hechos, según patrones de razonabilidad apegados al caso concreto, así como extraer principios generales que se extrapolen a casos análogos en el futuro.

De acuerdo a su visión, un modelo que mantenga algún tipo de engarce con el derecho consuetudinario, de manera que sus hallazgos influyan en la elaboración del Derecho legislado, se adaptará mejor a la realidad social, el crecimiento económico, la innovación tecnológica y la función empresarial. Si bien no lo explicita, dentro de la tradición anglosajona del Derecho consuetudinario, podríamos entender que Chisholm defiende un Derecho natural racionalista con algunas de las ventajas del Derecho positivo legislado.

Por su parte, Tomás Arias Castillo, presentó una teoría del positivismo jurídico liberal en la línea del filósofo del Derecho británico Herbert L.A Hart, tratando de distinguir la descripción del sistema jurídico existente en cada país y lugar (el ser) de la valoración de la justicia de la Ley (el deber ser) así como de la moral. Asume como fructífera la clasificación de Hart de los tipos de normas de un sistema jurídico y compatible con una visión liberal del Derecho. A grandes rasgos, éstas se dividen en primarias que establecen obligaciones; y secundarias, que confieren potestades y entre las cuales destacan especialmente las reglas de reconocimiento, que sirven para aclarar qué condiciones debe reunir una norma para tener validez jurídica.

En su exposición Arias hizo también un gran repaso de la evolución del Derecho en EE.UU con los hitos que han traído el moderno Estado administrativo3, ganando terreno progresivamente al “Common Law”.

A riesgo de discrepar de grandes pensadores liberales como Friedrich A. von Hayek, para quién, recordemos, el Derecho no apareció ni debería desarrollarse exclusivamente como el diseño de un legislador y que considera el positivismo jurídico como una manifestación de la falacia constructivista, Arias defiende que el programa positivista, aun con un origen utilitarista, es actualmente un útil instrumento descriptivo de cuál es el derecho vigente en un lugar determinado.

Considera, asimismo, que los debates sobre la “liberalización” del Derecho Administrativo en EE.UU, en el sentido de establecer controles sobre el mismo como la indelegabilidad de funciones legislativas a las agencias administrativas, la revisión judicial plena de las decisiones administrativas, incluyendo la certeza de los hechos, y el respeto de los derechos procesales del ciudadano, superan los límites geográficos de ese país y pueden inspirar a los liberales de todo el mundo.

Con la sucinta reseña anterior, cabe lanzar tres ideas sobre la situación actual de Estado de Derecho y la política general en España:

1) Postulados fundamentales de la Constitución española que se suponían valladares frente al autoritarismo y la tiranía son pisoteados un día sí y el otro también por un gobierno presidido por un personaje que no tiene un freno real. Antes de la pandemia del Covid 19 era ya evidente. Posteriormente, los golpes propinados a la legalidad constitucional tuvieron la inestimable cobertura de los decretos del estado de alarma y la auténtica legislación motorizada desplegada aprovechando la ocasión. Las dos sentencias declarando la inconstitucionalidad de sendos decretos de estado de alarma y sus prórrogas no sirvieron para depurar responsabilidades y corregir la arbitrariedad y la inseguridad jurídica, introducidas por el gobierno como modo habitual de actuar.

2) Ante esta situación de urgencia, los defensores del imperio de la Ley, bien sean positivistas o bien admiradores de la tradición jurídica del derecho consuetudinario anglosajón, pueden y deben cooperar para atajar la subversión del orden constitucional y las instituciones. La mayoría parlamentaria que sustenta al gobierno está pervirtiendo hasta extremos desconocidos el proceso legislativo, con enmiendas de adición que por la materia no tienen absolutamente nada que ver con los proyectos de ley en trámite. Cuando a su amo le apetece se recurre al decreto ley, haciendo abierta burla de los requisitos previstos en la CE (art. 86) de “extraordinaria y urgente necesidad” porque. En el colmo de la inconstitucionalidad recientemente el gobierno aprobó con carácter temporal “un mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista” mediante un Real Decreto-Ley que difiere su entrada en vigor a la autorización por parte de la Comisión Europea (art. 1) ¿Dónde está la urgencia, entonces?

3) Es el momento en el que los jueces españoles, a iniciativa propia o instados por los particulares, deben poner en práctica la regla de reconocimiento de Herbert L.A Hart para determinar si las normas que se están acumulando en las páginas virtuales del BOE tienen alguna validez. Lo he indicado en diversas ocasiones: No solamente tienen en sus manos plantear las cuestiones de constitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, sino también, dado que los tratados fundacionales de la UE les vinculan en el ejercicio de su jurisdicción, inaplicar normas con rango de ley por su contradicción con el Derecho de la Unión o, en su defecto, planear la cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la UE.

1 Como ocurre con la palabra “liberal”, la terminología anglosajona induce a la confusión. Así, en esa cultura se refieren al Derecho que tiene como fuente principal a las leyes aprobadas por un legislador (cualquiera que sea su composición o modo de elección) como “Civil Law”. Chisholm admite la polisemia del vocablo en inglés, puesto que, en una segunda acepción, significa lo contrario de “Derecho penal”. Pero la confusión no termina aquí. Los ejemplos que menciona de “Civil Law” (regulación por diferentes administraciones públicas del uso de drones, planes urbanísticos de clasificación del suelo, aprobación de medicamentos etc) se entienden en España como materias típicas de la legislación administrativa o, si se quiere, del Derecho Administrativo. Como indica acertadamente Arias Castillo, la traducción más adecuada del concepto de “Civil Law” sería “derecho positivo legislado o codificado”. Por otra parte, Derecho civil alude en español exclusivamente a la segunda acepción de la expresión inglesa. Es decir, a aquella rama del Derecho que regula las relaciones privadas de los ciudadanos entre sí, con independencia de la fuente de creación de las normas.

2 Daron Acemoğlu y James A. Robinson. Why nations fail ? The Origins of Power, Prosperity, and Poverty. Currency. Primera edición 20 de marzo de 2012.

3 Término acuñado por el politólogo norteamericano Dwight Waldo en su libro “The Administrative State: A Study of the Political Theory of American Public Administration” 1948.

Aniversario de OSRUM Oficiales Superiores Retirados Unidos de Misiones

Encuentro de camadería


Posadas 11 de Junio de 2023

La Asociación Civil A - 5227 festejo el pasado fin de semana en el Salón "El Hormiguero" el primer aniversario de creación quienes a pesar del clima de distintos lugares de la provincia se acercaron al evento


El grupo de damas de la Asociación dijo presente, quienes engalanaron la fiesta. cada mes se agregan nuevos socios y la familia se agranda.



Fue un encuentro muy distintendido excelente la camadería, lleno de anécdotas, recuerdo y emoción. Adelante OSRUM por muchos años más



Papa Francisco, operado de obstrucción en el intestino


El papa Francisco ingresó hoy al hospital Policlínico Gemelli de Roma para someterse bajo anestesia general a una operación por riesgo de obstrucción intestinal, donde se preve que este ingresando varios días al centro sanitario. (Portavoz Matteo Bruni).

Es la tercera vez que el papa argentino, de 86 años, ingresa en el centro Gemelli de Roma, que tiene un apartamento reservado a los pontífices. La primera fue en julio del 2021, para esta operación de colon a la que siguió una lenta recuperación. Hace unos meses, en una entrevista con la agencia estadounidense AP, Francisco reveló que volvía a sufrir de divertículos, el problema por el que fue operado en primer lugar. Es posible que la actual hernia se haya formado por esta operación anterior. También fue ingresado a finales de marzo, esta vez por una pulmonía aguda que fue tratada con antibióticos y por la que pasó tres noches en el hospital.

Jorge Mario Bergoglio también sufre problemas a la hora de caminar por unos fuertes dolores en la rodilla, pero no da señales de querer bajar el ritmo.

La Policía debe prevenir el delito y no cuidar presos

Presos hacinados en la Dependencias Policiales de Misiones - ilustrativo

 

Una problemática que siempre está planteado “Policía de Seguridad o Policía Judicial” pero evidentemente desde la PLANA MAYOR de la policía no se plantea ni se  resuelve, ya que desde allí deben originarse proyectos al respectos (ya que últimamente se estuvieron evaluando los existentes).

La función de la policía esencialmente es encargada de mantener la Seguridad y el Orden Público, conforme a la LEY XVIII - NRO. 22 (ANTES LEY 3389 B.O.29/01/97), por consiguiente la función central debe poner el  máximo esfuerzo institucional, capacitando, elevando la calidad del servicio de la policía y contemplando una remuneración acorde a la exposición del Recurso Humano que es su propia vida.

Por Ley el policía es “Policía de Seguridad” y además cumple función de  “Policía Judicial”, como auxiliar de la  Justicia, actuando en base a la ley procesal vigente.

Anexo tiene además función de cuidar presos procesados, lo cual genera otra actividad de atención que le requiere mucho tiempo y preparación.

Con dos funciones en una misma persona al 100%  el Recurso Humano va a rendir el 50% de cada función o sea "una o dos" lo haría mal, y para colmo anexar  la vigilancia de presos procesados dentro de la Comisaria, debiendo el mismo estar en la calle.

Se debería evaluar que el 30% de los integrantes de la institución Policial ejerza la función de POLICIA JUDICIAL donde se perfeccionara acorde a la función que es meramente administrativa y los restantes integrantes deberían ejercer como  POLICIA DE SEGURIDAD con un perfeccionamiento continuo y adecuado.

Hace poco la Jefatura intentó destacar a personal con apariencia  fuertes y lindas saludables, pero los seleccionados se vio que eran administrativos y no Operativos, contando además con  privilegios de horarios. Esa preparación de gimnasio debería extenderse a la totalidad de los policías incluidos los del Interior. Porque un hombre/mujer policía saludable físicamente con la sola presencia hace la Prevención disuadiendo la delincuencia.

La Institución debe centralizar proyectos concretos para revalorizar la preparación del Recurso Humano (Hoy un Agente -1 año de estudio- y un Oficial -4 años de estudio -Licenciado- se inicial con un estudio Universitario) por cuanto los salarios deben ser acorde a su preparación o a años de estudios. Esto debe ser trabajo la PLANA MAYOR porque lo único que le dignifica a la persona es la remuneración de su preparación, o si no es un contrasentido de tener un “título” y no una remuneración adecuada.

La falta de reacción de los integrantes de la Institución en presentar en proyecto “Sobre la Problemática Salarial”  y un Gobierno que paga en NEGRO en contrariedad de las leyes laborables permite que una “Mesa de Dialogo” (que las últimas negociaciones salariales fueron exitosas porque sus integrantes son ACTIVOS en su mayoría) defina parches y no soluciones de fondo, porque ello debe ser materia de análisis.

El Gobierno se olvidó de los PASIVOS, porque allí la protesta no es valorizada relegando solución y suspendiendo reuniones que se plantear para tocar el tema, como lo es el caso de la Asociación de Oficiales Superiores Retirados . 

La CORTE SUPREMA ya dictamino en su fallo que los importe en NEGRO de ACTIVOS es considerado haberes y que debe ser considerado al BENEFICIO de los  PASIVOS que aportaron durante su carrera para tener un digno bienestar al final de la misma.

Volviendo al tema principal se debe tomar del Ministerio de Gobierno la decisión de trasladar a la gran mayoría de los presos alojados en comisarías a instituciones del servicio penitenciario al destacar no solamente la diferencia en "la calidad de vida", sino también que la Policía debe estar "en la calle previniendo y trabajando contra el delito" y no debería "estar cuidando los presos"

"El preso en la penitenciaria tiene para comer, para bañarse, para educarse, talleres, actividades recreativas, deportes, psicólogo... lo que le hace mejor calidad de vida. La calidad de vida que tiene un preso dentro del servicio penitenciario es completamente diferente al que tiene en una comisaría"

Cada cual a sus funciones.


Ligó la Liga de Futbol de Garupá




FOTO ILUSTRATIVA
 

GARUPA: El Concejo Deliberante de la Ciudad de Garupá en sus últimas actividades ha pedido informe al Ejecutivo Municipal en lo que respecta los desembolsos que se realizan con destino a la Liga de Futbol de Garupá que se encuentra guiado por el director de Deportes Municipal el Sr. Héctor Gauto. 

Ahora bien, las sumas de dinero para tener rendiciones de legalidad se canalizan por intermedio de la Asociación Civil Club Social, Cultural y Deportivo Garupá Propiedades según trasciende por los distintos medios locales. 

En el Concejo Deliberante el Jueves anterior se interpeló a los integrantes de la Liga de Futbol de Garupá y luego de finalizada las sesiones del cuerpo deliberativo, se presentó el Secretario Coordinador General de la Municipalidad Julio Gadea quien en una clara injerencia del Ejecutivo Municipal al Legislativo Municipal lo "reto" literalmente a los miembros del Concejo Deliberante mandándole a "sentarse y que trabajen", como lo haría "un tierno padre a su hijo"  en una clara injerencia de "un Poder a otro en la democracia". 

 


Gentileza de evoluvión Informativa - Garupa

ECONCEJO DELIBERANTE debería ser corporativo y salir a repudiar rápidamente como ya lo hicieron hace poco tiempo atrás, cuando el mismo funcionario intentó acallar a la prensa de Garupá. 

 

.....y bueno es lo que hay en Garupá”, ya que el Partido Renovador (aunque se peleen entre ellos, son los mismos) no tiene oposición que levante una voz en contra de estas acciones, por consiguiente, a este “pueblo” porque a pesar de la cantidad de habitante que tiene, se mueve y se "auto percibe pueblo, no se les “puede pedir más” ya que sucede a espejo que a nivel Nacional, que integrantes del mismo partido se pelean entre ellos para posicionarse en las Internas del PARTIDO RENOVADOR en las proximas elecciones de 2023. 

Lo rescatable y positivo es que en definitiva les mando a trabajar al Concejo Deliberante. 

"Poder Legislativo Municipal" quiere controlar al "Poder Ejecutivo Municipal" y en respuesta le manda a trabajar al Primero, todo un contra sentido de un “pueblo que no tiene oposición” y si tiene integrantes divididos del mismo partido político, contrapuestos de intereses que se olvidan del progreso del pueblo, cada día más olvidado y administrado aún bajo la libreta y dadivas de quienes lo acostumbraron desde sus principios. 

Ojala no se olviden de la “Carta Magna Municipal” en las proximas elecciones y quienes los escriban no sean solos los del mismo partido. 

Honestidad al palo

Un joven encontró un bolso con más de dos millones de pesos y los devolvió


Cuando la "Honestidad" es un valor, el gesto de un joven de Leandro N Alem, que deberia ser normal, dio de que hablar. 
Todo comenzó cuando estaba esperando en una parada de colectivos y vio como a una pareja y a un niño se le caía un bolso. Decidió acercarse y devolverlo, pero no le dio tiempo.
El joven llamado Matías reviso el bolso y se dio cuenta de que había una gran suma de dinero adentro. 
Por intermedio de las redes sociales y amigos comenzo a buscar a la familia hasta que los ubicó y les llevo a domicilio en su totalidad la suma de dinero, cuya dueña que extravio se encontraba desesperanzada de recuperarlo, ya que la suma que se encontraba intacta era producto de una moto para destinar a un problema de salud de un hijo.
Según se supo Matías, tiene una hija de 6 años y para poder mantener su familia tiene tres trabajos.

Fuente: Misiones On Line

Mundial del Alfajor 2022: es Argentino

07/08/2022 El Mundial del Alfajor 2022 finalizó este fin de semana y el ganador es de Mar del Plata. La golosina que se consagró campeona pertenece a la pequeña empresa "Milagros del Cielo" y está rellena con mousse de chocolate al licor. El certamen reunió a 150 productores locales e internacionales. 

La competencia se realizó en conjunto con la Feria Argentina del Alfajor. De él participaron 350 muestras nacionales e internacionales. La empresa ganadora tiene más de 20 años de presencia en el mercado artesanal de la golosina favorita de los argentinos. Ente los países participantes se encuentran  Colombia, Brasil, Uruguay, Canadá y España.

Fuente: El Cronista

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